• June 13, 2026, 3:16 pm
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Foro Cívico: Reforma de Ley del TSJ es insuficiente para garantizar independencia judicial

Foro Cívico: Reforma de Ley del TSJ es insuficiente para garantizar independencia judicial

Foro Cívico: Reforma de Ley del TSJ es insuficiente para garantizar independencia judicial

Foro Cívico: Reforma de Ley del TSJ es insuficiente para garantizar independencia judicial


Desde la redacción Hasta que caiga la tiranía / Con información de Efecto Cocuyo

Foro Cívico y diversas organizaciones de Derechos Humanos alertan que el proyecto de reforma de la Ley de Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) es insuficiencia para garantizar la independencia del poder judicial e incumple con la designación plural, tal como se expresa en la Constitución.

El pasado 30 de diciembre, la Asamblea Nacional electa en 2020 aprobó en primera discusión un proyecto de reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), que establece los criterios para la renovación de jueces en el máximo tribunal del país.

Mediante un comunicado, Foro Cívico explicó que el proyecto versa sobre tres puntos:

– Reducir el número de magistrados de 32 a 20, a razón de tres por Sala, salvo la Sala Constitucional que contaría con cinco magistrados. Para ello se suprimirían dos magistrados por cada Sala.

– Determinar que la selección de los magistrados por parte de la Asamblea Nacional debe aprobarse obligatoriamente por una mayoría de dos tercios de los diputados y no por mayoría simple.

– Aumentar el número de personas que integrarían el Comité de Postulaciones Judiciales (el órgano encargado por la AN para seleccionar a los candidatos a magistrados), asó como dictar algunas pautas sobre su funcionamiento.

En ese sentido, Foro Cívico señaló que, si bien estos cambios revierten parcialmente la reforma legislativa que permitió que el Ejecutivo continuase con el control total del Poder Judicial, iniciado en 1999, deberían contribuir a fortalecer su independencia y autonomía.

"No obstante, no es posible garantizar la independencia del Poder Judicial si la designación de magistrados termina siendo dirigida por los diputados afines a la coalición dominante, en el seno de una Asamblea Nacional cuya legitimidad se encuentra cuestionada. Si no se establecen y respetan los procedimientos para la participación plural de otros actores, expertos y organizaciones de la sociedad, poca relevancia práctica tendrá que se designen 20 y no 32 magistrados, o que se aprueben por mayoría simple o calificada", expresó.

De igual manera, apuntó que el mecanismo institucional que pudiera garantizar una mayor independencia sería el Comité de Postulaciones tal y como se encuentra establecido en la Constitución.

"El artículo 270 de la CRBV, el Comité de Postulaciones es un órgano asesor del poder judicial (no del poder legislativo) y está integrado por representantes de los diferentes sectores de la sociedad", indicó.

"Es decir, no es un órgano del Poder Legislativo -como se establece en la ley actual que se pretende reformar- y por ello no tiene justificación alguna que esté conformado, siquiera parcialmente, por miembros de un Poder Público como lo es la Asamblea Nacional", agregó.

No obstante, argumenta que el proyecto de reforma establece que el comité estará integrado por 15 miembros designados por la Asamblea Nacional y que cinco de ellos serán diputados, mientras que los 10 restantes se seleccionarán entre los que respondan a la convocatoria que realice la llamada “Comisión Preliminar”, conformada por los cinco diputados antes mencionados, que a su vez realizará una preselección de los candidatos.

"Esta propuesta plantea dos irregularidades: 1) el Comité de Postulaciones, de acuerdo con la CRBV, debe formarse solo con actores y expertos de la sociedad y 2) Según el texto constitucional no tiene cabida alguna un órgano intermedio –la Comisión Preliminar- para la selección de los integrantes del Comité de Postulaciones, a su vez conformado por funcionarios públicos", aseveró Foro Cívico.

Además, la organización reiteró que este Comité no es un órgano parlamentario y cualquier intento por desnaturalizarlo atenta contra la Constitución.